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03/08/2016

RÉGIMEN DE FOMENTO PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS.

Se ha dictado la Ley 27.264 por la cual se han instrumentado medidas de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, en materia de beneficios fiscales y para la utilización de instrumentos de crédito.
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e ha dictado la ley de  Ley 27.264 por la cual se han instrumentado medidas de fomento para las micro, pequeñas y medianas empresas, en materia de beneficios fiscales y para la utilización de instrumentos de crédito. Entre otras medias de orden laboral se instruye al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar las acciones necesarias para que el acceso a los beneficios del Programa de Recuperación Productiva (creado por la resolución MTESS 481 de fecha 10 de julio de 2002 y sus modificatorias y complementarias) pueda realizarse mediante trámite simplificado para las micro, pequeñas y medianas empresas.

Este programa, creado en el marco de la Emergencia Ocupacional Nacional, presta a los empleados de las empresas registradas en el programa una suma fija mensual remunerativa hasta el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil actualizado a la fecha de otorgamiento y por un plazo de hasta 12 meses, destinada a completar el sueldo de su categoría laboral, mediante el pago directo por parte de la ANSES. Para acceder a este beneficio las empresas deben acreditar la situación de crisis por la que atraviesan, estipulando las acciones que piensan desarrollar para su recuperación y comprometerse a no despedir personal y a mantener la nómina total de trabajadores.

AUTOR: Brea Solans & Asociados
FUENTE: Brea Solans & Asociados
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