El viernes 21 de diciembre se publicó la Ley 27.480, que modifica la actual normativa sobre el Impuesto a los Bienes Personales. Los aspectos más importantes son:
Aspectos principales:
- No se aplicará el Impuesto cuando el total de bienes gravados no
exceda $2.000.000.
- El impuesto se calculará una vez deducidos los $2.000.000, según
la tabla que se adjunta.
- Los inmuebles rurales quedan exentos, cualquiera sea su destino
o afectación.
- También se exime a la ?casa habitación? cuando su valor sea igual o
inferior a $18.000.00
AUTOR: Brea Solans & Asociados
FUENTE: Brea Solans & Asociados