or
medio de la Resolución General N° 4.394 de AFIP se dispuso un régimen de
información por parte de
las entidades financieras comprendidas en la Ley N° 21.526, los agentes de
liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las
sociedades depositarias de Fondos Comunes de Inversión, respecto de las
operaciones efectuadas por sus clientes personas humanas por las que paguen o
pongan a disposición durante el año calendario 2018, intereses o rendimientos
que puedan estar alcanzados por el primer artículo incorporado a continuación
del art. 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias
Con esta información el Fisco pondrá a disposición de cada contribuyente en su página AFIP ingresando con su clave fiscal, la información recibida que podrá ser utilizada de base para la liquidación de parte del impuesto a los rendimientos financieros gravados a partir del 1 enero de 2018
El vencimiento original del régimen información por parte de los sujetos indicados vencía el 15 de marzo. Hoy, por Resolución General AFIP, se posterga el vencimiento para el 1° de abril.