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16/09/2020

COMUNICACIÓN -A-7106 BCRA: LIMITACIÓN AL ACCESO AL MULC (DIVISAS)

A continuación se adjunta una comunicación del BCRA


Comunicación -A- 7106 BCRA: Limitación al acceso al MULC para adquirir divisas

 

Por medio de la presente Comunicación se establecen distintas limitaciones que restringen el acceso al Mercado de Cambios para adquirir divisas. A continuación se detallan las más significativas:

 

i) A partir del 1 de septiembre de 2019 los consumos en el exterior con tarjetas de débito de cuentas locales en pesos, los pagos por consumo en moneda extranjera con tarjetas de crédito y los montos en moneda extranjera adquiridos en el MULC por personas humanas para cancelación de obligaciones entre residentes serán deducidos, a partir del mes calendario siguiente, del máximo de U$S 200 destinado a la compra de moneda extranjera.

 

En caso de existir un exceso sobre el cupo señalado del mes siguiente, este será absorbido en los meses siguientes.

 

ii) Los beneficiarios de asistencias crediticias, establecidas en la Comunicación A 6949, no podrán acceder hasta cancelar totalmente dicha financiación, al MULC para realizar operaciones correspondientes a formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y operaciones con derivados. Ni tampoco concertar en el país ventas de títulos con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades del exterior.

 

iii) Se elimina la posibilidad de realizar operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera para agentes financieros no residentes, excepto aquellos que hayan sido adquiridos en el país con liquidación en moneda extranjera a partir del 16 de septiembre de 2020 y hubieran permanecido en la cartera del no residente por un plazo superior al año.

 

iv) Quienes registren vencimientos de capital entre el 15 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021 por operaciones de endeudamiento específicas o emisión de títulos de deuda deben presentar al BCRA un plan de refinanciación, considerando que el monto neto por el cual se accederá al MULC no puede superar el 40% del monto de capital que vencía y el resto del capital haya sido como mínimo refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de 2 años.

 

 


AUTOR: Brea Solans & Asociados
FUENTE: Brea Solans & Asociados
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