Estados contables de SRL con capital superior al fijado por el inc. 2 del art. 299 de la ley 19.550
El 15 de febrero de 2016 la Inspección General de Justicia emitió y publicó en el Boletín Oficial la resolución general N° 5/2016. Esta norma establece que los estados contables de sociedades de responsabilidad limitada cuyo capital alcance el importe fijado por el inc. 2 del art. 299 de la Ley 19.550, y la documentación e información relacionadas, deberán presentarse dentro de los quince días posteriores a la realización de la reunión de socios que los considere acompañando lo siguiente:
- El formulario de actuación correspondiente
- La copia de acta del órgano de administración firmada por el representante legal, de la que deberá surgir la transcripción de la memoria del ejercicio económico y la convocatoria a la reunión de socios que deberá considerar los estados contables
- La copia del acta de reunión de socios que aprobó los estados contables y de la planilla del registro de asistencia, firmadas por el representante legal
- Un ejemplar de los estados contables transcriptos a doble faz, firmado en original por el representante legal, por el órgano de fiscalización y por contador público, con constancia del libro y los folios en que se encontraren transcriptos