Por medio de la Resolución General AFIP 3729, se establece un sistema de información e identificación fiscal para los espacios publicitarios en la vía pública.
Las principales características del sistema de información e identificación fiscal para los espacios publicitarios en la vía pública son:
- Espacios alcanzados: Publicidad 'estática' cuya dimensión supere los 30m2.
- Excepciones: Publicidad interna o externa a un local habilitado cuando los avisos se refieran en forma exclusiva a su propia marca comercial.
- Se deberá tramitar ante AFIP el CISOP (Código de Identificación Fiscal Soportes Publicitarios).
- Régimen de Información Contratos de Publicidad: Rige para los contratos, acuerdos y para cualquier modo de contratación de espacios publicitarios. Alcanza también a la publicidad móvil. Se realiza mediante clave fiscal por página AFIP.
- Responsabilidad solidaria de sanciones: Las partes intervinientes deberán consultar por página AFIP la existencia de la registración de los contratos. Si existe alguna anomalía, esta deberá ser denunciada por el servicio AFIP 'Denuncia de Contrato'.
- Vigencia: 30 abril de 2015.