A través de la Resolución General AFIP Nro. 3726, los agentes de retención de ganancias beneficiarios del exterior y determinados regímenes de contribuciones sociales deberán utilizar para la emisión de certificados y declaración nominal de cada importe retenido el sistema SIRE por medio de la página web de la AFIP.
Las principales características son:
- Detalle: Se informará toda la individualización de la operación generadora de la retención (proveedor, importes, país, fecha, artículo ley ganancias, convenio doble imposición etc.).
- Certificados de retención: Se emitirán solamente mediante la página web AFIP con el uso de la clave fiscal.
- Presentación de declaración jurada informativa: También se realizará mediante el servicio 'Mis aplicaciones' correspondiendo el F. 996 (Seguridad Social) y F. 997 (Impositivas). Estas declaraciones se tienen que presentar aunque no registren movimientos.
- Vigencia: 1° de marzo de 2015, salvo para presentaciones originales o rectificativas de meses períodos anteriores a la vigencia indicada.