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17/12/2015

RESOLUCIÓN GENERAL 3819-NUEVA PERCEPCIÓN AFIP: TURISMO, VIAJES Y OTRO

Con fecha 17 de diciembre, se publicó la Resolución General AFIP Nº 3819, la cual establece dos aspectos importantes en cuanto a percepciones AFIP en la compra de pasajes y servicios turísticos.
  • Se deroga la aplicación del 35% en todas las operaciones comprendidas (pasajes, servicios turísticos, compra de dólares, adelantos en efectivo con tarjeta en el exterior).


  • Se establece una nueva percepción del 5% aplicable en operaciones en efectivo
      1.  Operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados por medio de agencias de viaje
      2.  Compras de pasajes aéreos, terrestres y acuáticos

Esta nueva percepción se pagará al inicio de la contratación, aunque el total del servicio se pague en cuotas.  Si el precio se pacta en dólares se tomará el tipo de cambio vendedor que fije el Banco de la Nación Argentina del día hábil anterior al cierre de la compra. El cómputo procederá en la declaración anual de ganancias o bienes personales.  Solo se podrá computar si ésta fue aplicada para el contribuyente y familiares a cargo físicamente (por ejemplo, menores a 24 años que ganen por debajo del mínimo no imponible AFIP).

La normativa entra en vigencia el 17 de diciembre de 2015

AUTOR: Brea Solans & Asociados
FUENTE: Brea Solans & Asociados
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