La facturación en dólares, operativamente no se podía realizar, a pesar que no existe norma que la prohibiese.
A partir del 08/03/2016 se podrá efectuar teniendo presente la siguiente comunicación publicada en la página web de la AFIP:
- Para emitir la factura electrónica, desde la página web de la AFIP, mediante el sistema denominado 'Comprobantes en línea', habrá que ingresar en la pestaña 'Generación de comprobantes', y ahí tildar el casillero que se encuentra junto a 'Moneda extranjera'.
- Luego aparecerá la cotización de la moneda para cumplir con los requerimientos contables e impositivos, reconociéndose de esta forma la diferencia de cambio que se produce. También, se podrá facturar en moneda extranjera con los otros mecanismos autorizados por la AFIP, con excepción del reciente sistema denominado 'Facturador móvil'.