Impuesto a las ganancias, modificación en el régimen de retención para determinadas ganancias y contribuciones patronales: Con fecha 26 de mayo de 2016, se publicó la Resolución General de la AFIP Nº 3.884, la cual establece la actualización de los importes de las operaciones sujetas a la retención del impuesto a las ganancias regulados por la Resolución General de la AFIP Nº 830.
Estas modificaciones se aplican a los pagos que se efectúen a partir del 1 de junio de 2016, aun cuando correspondan a operaciones realizadas con anterioridad a esa fecha.
A continuación destacamos algunos de nuevos montos mínimos no sujetos a retención más significativos:
- Enajenación de bienes muebles y de cambio: $100.000
- Locaciones de servicios: $30.000
- Honorarios de directores de sociedades anónimas, socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, etc.: $30.000
- Alquileres o arrendamientos de bienes muebles o inmuebles: $5.000
- Honorarios profesionales: $7.500
A su vez mediante la Resolución General de la AFIP Nº 3.883 se modificó el mínimo no sujeto a retención para los pagos que realicen las empresas de seguridad en cuanto a las retenciones de contribuciones sociales. Anteriormente el monto mínimo era de $8.000 y a partir del 1 de junio se eleva a $80.000.
Si lo desea puede descargar las normativas haciendo clic en los siguientes links: