Modificación del Régimen General de Recaudación del Impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes que desarrollen actividades dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A partir del 1 de octubre de 2016 se introducen
modificaciones en el régimen general de recaudación del impuesto sobre los
ingresos brutos para los contribuyentes que desarrollen actividades dentro del
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta modificación presenta
similitudes con respecto a los procedimientos de ARBA en la Provincia de Buenos
Aires.
Entre los puntos más importantes de la normativa,
se destacan los siguientes:
- Se incorpora como sujetos obligados a actuar como
agentes de recaudación a aquellos con ingresos superiores a $ 60.000.000 (gravados,
exentos y no gravados correspondientes a todas las jurisdicciones y netos de
impuestos).
- Caducan los nombramientos anteriores de agentes de
recaudación.
- Se crea un padrón con fines informativos, al que
deberán consultar los agentes del presente régimen a los fines de determinar la
alícuota de retención y/o percepción aplicable a cada uno.
- Asciende la alícuota máxima de retención al 4% y
la de percepción al 6%.
Por
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