Con motivo de la entrada en vigencia de la RT FACPCE Nº 37 se recuerda que, para la documentación que se presente a legalizar a partir del 01/07/2014 en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los informes deberán cumplir obligatoriamente determinados requisitos.
Con motivo de la entrada en vigencia de la RT FACPCE Nº 37, que reemplaza a la RT 7 (Normas de Auditoría), se recuerda que, para la documentación que se presente a legalizar a partir del 01/07/2014 en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los informes deberán cumplir obligatoriamente con los requisitos que se enuncian en la citada norma, según lo siguiente:
- Los dictámenes de auditoría de los EECC de ejercicios iniciados o periodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 01/07/2014, deben confeccionarse con la nueva estructura dispuesta por los acápites 'III NORMAS DE AUDITORÍA' y 'IV NORMAS DE REVISIÓN DE EECC DE PERIODOS INTERMEDIOS' de la segunda parte de la norma EECC.
- Para los ejercicios iniciados con anterioridad a la fecha mencionada, continúan vigentes los requisitos establecidos en la RT FACPCE Nº 7.
- Los informes sobre otros encargos (certificaciones, informes especiales, etc.) deben ser confeccionados según lo dispuesto para cada tipo de encargo, establecido por los acápites 'V NORMAS SOBRE OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO', 'VI NORMAS SOBRE CERTIFICACIONES' y 'VII NORMAS SOBRE SERVICIOS RELACIONADOS' de la segunda parte de la nueva norma.
En la Provincia de Buenos Aires, la citada resolución técnica 37 tendrá vigencia a partir del 1° de septiembre de 2014.